El divorcio es uno de los procesos legales más consultados en Paraguay, y una de las primeras preguntas que surge es: ¿cuánto cobra un abogado por un divorcio? La respuesta depende del tipo de divorcio, la complejidad del caso y los honorarios mínimos establecidos por la Ley N.° 1376/88.
Tipos de divorcio y sus honorarios
La Ley 1376/88 establece honorarios diferenciados para los distintos procesos de familia en su Artículo 44. Los principales tipos de procesos relacionados al divorcio son:
1. Separación de cuerpos controvertida
Cuando las partes no logran un acuerdo, el proceso es contencioso. El honorario mínimo es de 200 jornales mínimos. Con el jornal mínimo vigente, esto representa un monto significativo que refleja la complejidad del litigio.
2. Separación de cuerpos por mutuo consentimiento
En los casos de acuerdo entre las partes, el proceso es más ágil. El honorario mínimo es de 100 jornales mínimos, aproximadamente la mitad del proceso controvertido.
3. Divorcio vincular
El divorcio vincular (que disuelve el vínculo matrimonial) tiene honorarios mínimos que varían según sea controvertido o por mutuo consentimiento, siguiendo la misma lógica de la separación de cuerpos.
4. Tenencia y régimen de visitas
Si además del divorcio se tramitan cuestiones de tenencia de hijos y régimen de visitas, cada actuación adicional genera honorarios separados según el arancel.
¿Cómo se calcula el monto en guaraníes?
Los honorarios mínimos están expresados en jornales mínimos (Art. 4, Ley 1376/88). Para convertirlos a guaraníes:
- Obtené el valor del jornal mínimo vigente para actividades diversas no especificadas de la capital.
- Multiplicá por la cantidad de jornales que establece el artículo correspondiente.
- Sumá el 10% de IVA (los honorarios profesionales están gravados).
Por ejemplo, si el jornal mínimo es de 123.641 Gs y el caso requiere un mínimo de 200 jornales: 123.641 × 200 = 24.728.200 Gs (+ IVA).
¿Si hay bienes matrimoniales?
Cuando el divorcio involucra la partición de bienes, los honorarios pueden calcularse también como un porcentaje del valor de los bienes (entre 5% y 20% según el Art. 32). El abogado puede cobrar el que resulte mayor entre el cálculo por jornales y el cálculo por porcentaje.
Factores que pueden modificar el honorario
- Complejidad del caso: disputas sobre bienes, tenencia, violencia familiar.
- Duración del proceso: procesos que se extienden por años pueden justificar honorarios mayores.
- Resultado obtenido: el éxito en la pretensión puede influir en la regulación judicial.
- Segunda instancia: si hay apelación, se suman entre 25% y 35% de los honorarios de primera instancia.
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