Guía Práctica10 min lectura

Honorarios mínimos de abogados en Paraguay 2026

Tabla actualizada de honorarios mínimos de abogados en Paraguay según la Ley 1376/88 y el jornal mínimo vigente. Civil, laboral, penal y familia.

La Ley N.° 1376/88 establece los honorarios mínimos que pueden cobrar los abogados y procuradores en Paraguay. Estos mínimos se expresan en jornales mínimos o como porcentajes del monto del caso, según la rama del derecho y el tipo de actuación.

¿Qué es el jornal mínimo?

El jornal mínimo al que refiere la Ley 1376/88 (Art. 4) es el correspondiente a "actividades diversas no especificadas" de la capital (Asunción). Este valor se actualiza periódicamente por decreto del Poder Ejecutivo, lo que permite que los honorarios acompañen la evolución salarial.

Honorarios por porcentaje (Art. 32)

Para la mayoría de los juicios con base económica (civil, comercial, laboral), los honorarios se calculan como un porcentaje del monto del caso:

  • Primera instancia: entre 5% y 20% del monto del caso
  • Segunda instancia: entre 25% y 35% de los honorarios de primera instancia
  • Tercera instancia: entre 25% y 35% de los honorarios de primera instancia

El porcentaje es inversamente proporcional al monto: a mayor valor del caso, menor porcentaje se aplica. Esto responde a un criterio de razonabilidad económica.

Honorarios mínimos por rama del derecho

Derecho de Familia (Art. 44)

  • Separación de cuerpos controvertida: 200 jornales mínimos
  • Separación por mutuo consentimiento: 100 jornales mínimos
  • Divorcio vincular: 200 jornales mínimos (controvertido)
  • Tenencia de hijos: 100 jornales mínimos
  • Adopción: 100 jornales mínimos
  • Sucesiones: porcentaje sobre el valor de los bienes

Derecho Laboral

  • Juicio laboral general: 5%-20% del monto reclamado (Art. 32)
  • Se aplican los mismos rangos que en materia civil
  • Conciliación: honorarios reducidos proporcionalmente

Derecho Penal (Arts. 54-67)

  • Con base económica: porcentajes del Art. 32
  • Sin base económica: jornales mínimos fijos según el tipo de delito y la pena prevista
  • Delitos contra el patrimonio: calculados sobre el monto involucrado

Juicios Ejecutivos (Art. 34)

  • Con excepciones opuestas: 8%-15% del monto ejecutado
  • Sin excepciones: 8% mínimo del monto ejecutado
  • Ejecución de sentencia: 25%-50% de los honorarios del proceso principal

Honorarios extrajudiciales (Arts. 68-73)

  • Consulta verbal: 10 jornales mínimos
  • Consulta escrita: 20 jornales mínimos
  • Dictamen escrito: 30-60 jornales mínimos
  • Redacción de contratos: porcentaje sobre el valor de la operación
  • Constitución de sociedades: porcentaje sobre el capital social

Factores que ajustan los honorarios

El Art. 32 de la Ley 1376/88 enumera criterios que pueden justificar honorarios por encima o por debajo del rango estándar:

  • Monto o valor económico del asunto
  • Complejidad y novedad de las cuestiones jurídicas
  • Mérito de la labor profesional
  • Resultado obtenido
  • Costumbre del foro
  • Capacidad económica del obligado al pago

Calculá los honorarios actualizados

Con JusTarifa podés calcular los honorarios mínimos y máximos actualizados para cualquier tipo de actuación legal. Solo necesitás seleccionar la rama del derecho e ingresar el monto del caso.

Aviso: Esta herramienta brinda una estimación basada en la Ley N.° 1376/88. No constituye asesoría jurídica individualizada. Los jueces pueden regular honorarios fuera de estos rangos conforme a criterios de complejidad, resultado, costumbre, etc.

¿Listo para calcular?

Usá JusTarifa para verificar o cotizar honorarios de abogado según la Ley 1376/88.